![]() | ![]() ![]() ![]() ![]() |
![]() | ![]() |
![]() | ![]() |
|
![]() |
![]() Click here for an English translation of this page. ¿Qué es “seguro obligatorio”? Cuando la persona maneja (conduce) un vehículo de motor tiene la obligación de que el vehículo tenga cobertura de seguro de responsabilidad en cantidad mínima. Las sumas de responsabilidad mínima que Nuevo México exige son: $25,000 por lesiones o causa de muerte de una persona en todo accidente, sujeto a este límite por una persona; $50,000 por lesiones o muerte de dos o más que dos personas en un accidente: $10,000 por daños a o destrucción de bienes que le pertenecen a otra persona o personas en un sólo accidente. O si la prueba está en la forma de fianza con garantía o depósito en efectivo, la suma total será $60,000 depósitados con el Tesorero del Estado de Nuevo México. ¿Cuándo yo presento prueba que tengo seguro, cuando se volverá a incorporar mi matrícula? Cuando la Base de Datos que Identifica el Seguro (la IIDB) reciba la prueba que su vehículo está asegurado su vehículo habrá cumplido los requisitos necesarios para reincorporar su matrícula el siguiente día hábil. Favor de esperar un mínimo de 24 horas a partir de la fecha cuando la compañía de seguros o el agente de esa compañía le hace llegar los datos a la IIDB y ésta pone esos datos al día en la Base de Datos que Identifica el Seguro antes de que, Ud de nuevo, reincorpore la matrícula de su vehículo en el centro de Servicios al Cliente. Ahora Ud. tendrá que comprar nueva matrícula para su vehículo en el Centro de Servicios al Cliente de la División de Vehículos de Motor y Ud. La cuota para reincorporar la matrícula suspendida es $25.00 más la cuota administrativa de $5.00. ¿Por qué no está mi seguro en el expediente? Yo presenté el seguro cuando matriculé mi vehículo? Con la formación e implementación de la Base de Datos para la Identificación del Seguro de Vehículos en Nuevo México, el Estado ya no depende en la información respecto a seguros que había recaudado cuando las personas matriculaban el vehículo. La compañía de seguros que asegura su vehículo deberá reportar la cobertura de seguro de su vehículo que se identifica asegurado en la IIDB, una vez reportado su vehículo, la matrícula de su vehículo deberá ponerse al día el día siguiente hábil. ¿Qué Pasa si no Obtengo Seguro Para el Vehículo? Los vehículos que no tengan la mínima cobertura de seguro de responsabilidad están sujetos a que les suspendan la matrícula. A partir del 9 de octubre 2011, la matrícula de su vehículo se le puede denegar o demorar hasta que Ud. obtenga la cobertura de seguro. Además, conforme al apartado 66-5-530 de la Ley Obligatoria de Solvencia Financiera, el dueño de vehículo que no tenga cobertura de seguro tendrá que devolver la matrícula y la placa de licencia que prueba tal matrícula a la División de Vehículos de Motor dentro de diez (10) días a partir de la fecha que recibió el Aviso que la matrícula se suspendió o estará sujeto a las multas que la ley prevé, incluso penalidades penales. Yo no tengo Seguro de Vehículo. ¿Qué debo hacer? Ud. tiene que obtener seguro de solvencia financiera de una compañía de seguros que tiene licencia para hacer negocios en el Estado de Nuevo México. Una vez obtenga Ud. el seguro, la compañía de seguros le avisará a la IIDB que cobertura tiene su vehículo. Mi vehículo está registrado en New Mexico, pero estoy viviendo fuera del estado porque soy militar, trabajando fuera del estado ó yendo a la escuela. Es necesario comprar seguro para New Mexico? Si, para demostrar que está asegurado tiene que proporcionar al Centro de Llamadas IIDB prueba de seguro. Su vehículo entonces va a ser identificado en la base de datos como asegurado por el término de su póliza. Va a tener que presentar su póliza cada vez que renueve con un proveedor de seguros fuera del estado mientras que el registro de su vehículo permaneza en New Mexico. Si usted maneja el vehículo y no está asegurado, está sujeto a la confiscación de su placa y una citación por no proveer prueba de seguro. Esté seguro que cuando maneje en New Mexico, tenga prueba de seguro de responsabilidad de automóvil en su posesión. Mi seguro fuera del estado será aceptado en New Mexico? Si. Seguro fuera del estado será aceptado en New Mexico solamente si reune los requerimientos mínimos de responsabilidad en New Mexico, los cuáles son: $25,000 por daños corporales ó muerte de una persona en cualquier accidente; $50,000 por daños corporales ó muerte de dos ó más personas en cualquier accidente; $10,000 por lesión a ó destrucción de propiedad a otros en cualquier accidente. Debe proporcionar al Centro de Llamadas IIDB prueba de seguro. Eso va a reflejar en la base de datos como asegurado por el término de su póliza. Va a tener que proporcionar una prueba actualizada de seguro cada vez que renueve esa póliza con un proveedor de seguros fuera del estado mientras que el registro de su vehículo permanezca en New Mexico. Si usted maneja el vehículo y no está asegurado, está sujeto a la confiscación de su placa y una citación por no proveer prueba de seguro. Esté seguro que cuando maneje en New Mexico, tenga prueba de seguro de responsabilidad de automóvil en su posesión. Mi vehículo está siendo restaurado ó en almacenamiento y he cancelado mi seguro. Qué necesito hacer para que mi registro no sea suspendido? Si ha cancelado su seguro por el tiempo que su vehículo no sea manejado, debe proporcionar a IIDB una Declaración firmada de No-en-Uso para este vehículo. Su registro se reflejará como desconocido para propósitos de seguro, pero no incurrirá multas mientras que no maneje el vehículo en las carreteras de New Mexico. Debe completar la Declaración al menos anualmente. Antes de manjear este vehículo en las carreteras de New Mexico debe obtener el seguro adecuado y que su agente de seguros actualize la información de su seguro en la página web (www.driveinsured.com) o contacte al Centro de Llamadas IIDB al número gratuito 866-891-0665 para obtener más información. Una vez que la información de su seguro ha sido actualizada, su vehículo va a estar en la base de datos de IIDB e identifcado como asegurado. Si no toma acción en la carta de advertencia que recibió del IIDB y el registro de su vehículo es suspendido, debe de comprar seguro ahora, reportarlo al IIDB, y debe reintegrar el registro de su vehículo. La tasa de reinstitución por un registro suspendido es $25.00 más $5.00 tasa administrativa. Ya no soy dueño del vehículo. ¿Tengo que comunicarme con alguna persona o entidad para dejarles saber? Sí favor de comunicarse con la oficina de la División de Vehículos de Motor que le quede más cerca a Ud. Es posible que le soliciten que Ud. les déinformación adicional. Tengo seguro para mi vehículo y, por error, recibí esta carta. ¿Qué debo hacer? Verifique el número de identificación (VIN)de su vehículo. (Normalmente el VIN está en el tablero del vehículo en el lado donde se sienta el conductor.) Compare el VIN en su vehículo con el de la matrícula de su vehículo y el de la póliza de seguro. Si Ud. verifica la información y toda figura que está correcta, Ud. tendrá que comunicar con la compañía de seguro que le vendió el seguro para su vehículo o con el agente de la misma y pídales que remitan la información sobre la cobertura de su vehículo a la Base de Datos (IIDB) para la Identificación de Seguro de Nuevo México, tan pronto como sea posible para enterarse porque recibió la carta. Si el número de Identificación del vehículo ( el VIN)es el mismo que está en la póliza de seguro avísele al agente del seguro para que lo corrija. Si el número de Identificación del vehículo (el VIN) es distinto al VIN que consta en la carta o en la matrícula, comuníquese con la Oficina de la División de Vehículos de Motor que le quede más cerca a Ud. para que verifiquen y corrijan la información en la matrícula de su vehículo. Yo recibí un aviso que la matrícula de mi vehículo sera suspendida...¿por qué? La base de datos de aseguranza de Nuevo Mexico identifico a su vehiculo como no asegurado por una compania de aseguranza aprovada por el estado. Se le envio una carta al respecto en donde se le pedia que contactara a su Agente o Compania de Seguro para brindarle a NMIIDB la prueba de su covertura. Puede que no aparesca como asegurado en NMIIDB por varios motivos como por ejemplo su vehiculo no tiene covertura. El vehiculo esta asegurado por una compania de Seguros no aprovada por el estado de NM....La compania de seguros no ha reportado correctamente su covertura ol el numero de identificacion ( VIN # ) puede estar incorrecto en los archivos de la oficina de Motores y Vehiculos. La companew de seguro no la aseguoromza del veiculo. O el numero de identificacion VIN del veiculo pueole estar incorrecto con recorde de oficina de la Motores y Veiculos. ¿Cómo puedo corregir la suspensión de la matrícula de mi vehículo? Tendrá que obtener seguro adecuado para su vehículo y solicitarle al agente de la compañía de seguros que ponga la información al día respecto al seguro de su vehículo en el sitio web www.driveinsured.com o tendrá que comunicar con el Centro que recibe Llamadas gratis al número 888-891-0666 para obtener más información. Después de que la IIDB reciba prueba de que su vehículo está asegurado, Ud. habrá cumplido los requisitos para que Ud. pueda reincorporar la matrícula al día siguiente hábil. La cuota para reincorporar la matrícula suspendida es $25.00 más la cuota administrativa de $5.00.
|